Se puede definir la transparencia como “el derecho a conocer y acceder a la información de la Administración y de otros agentes vinculados con la actividad pública con el alcance, la precisión, la comprensibilidad y la puntualidad suficientes”.
Dentro de la transparencia se integran 2 elementos:
La TRANSPARENCIA O PUBLICIDAD ACTIVA, que es aquella parte de la transparencia en la que la entidad, en su web o Portal de Transparencia, ofrece la información a la que le obliga la normativa vigente (u otra adicional que decida publicar de forma voluntaria) sobre su actividad y gestión.
El DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA O TRANSPARENCIA PASIVA, que es aquella parte de la transparencia en la que la Administración proporciona el acceso a otra información sobre su gestión que no se encuentra publicada en su web y que es solicitada por cualquier persona física o jurídica interesada en la misma. En este caso, el acceso a la información requerida se proporciona directamente (y exclusivamente, aunque se recomienda que aquella información que sea solicitada de forma reiterada se integre como contenido estructural de Publicidad Activa) a la persona solicitante.
La normativa básica de aplicación es la que se establece en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información Pública y Buen Gobierno. Además, la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid concreta y amplia estas obligaciones.
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información Pública y Buen Gobierno
Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid