CÓMO INSCRIBIR UNA ASOCIACIÓN EN EL BOALO – CERCEDA – MATAELPINO

CÓMO INSCRIBIR UNA ASOCIACIÓN EN EL BOALO – CERCEDA – MATAELPINO
 \  CÓMO INSCRIBIR UNA ASOCIACIÓN EN EL BOALO – CERCEDA – MATAELPINO

La Participación Ciudadana es un valor constitucional que pretende crear un modelo de Estado donde la ciudadanía asuma un papel relevante en la definición del destino colectivo, en la medida en que es capaz de aunar voluntades para la construcción de consensos.

El Ayuntamiento de El Boalo, Cerceda y Mataelpino cree en la necesidad de visibilizar el proceso organizacional que se está gestando y, por tanto, desea apoyar la consolidación del tejido asociativo y promover un espacio de encuentro que genere sinergias entre los diferentes actores sociales.

Este sin duda es un punto de partida para construir de manera colectiva nuevas formas de convivencia.

Para consultar el Directorio de Asociaciones de EL BOALO – CERCEDA – MATAELPINO pincha AQUÍ

Cómo Inscribir una Asociación en El BOALO – CERCEDA – MATAELPINO

Artículo 9

Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

Artículo 22

  1. Se reconoce el derecho de asociación.
  2. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.
  3. Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad.
  4. Las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada.
  5. Se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.

  • Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (Consultar)

  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Consultar)

  • Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de El Boalo, Cerceda y Mataelpino, en su TÍTULO III – LAS ENTIDADES CIUDADANAS (Consultar)

De conformidad con lo que establece el artículo 22 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de El Boalo-Cerceda-Mataelpino, podrán solicitar la inscripción en el registro Municipal de Entidades Ciudadanas, todas aquellas cuyo objeto sea la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales del vecindario del municipio, en particular:

  • Las entidades sin ánimo de lucro cuyo marco territorial de actuación sea el municipio de El Boalo y cuyo objeto estatutario se iba a los intereses generales de sus vecinos y vecinas.
  • Las entidades sin ánimo de lucro que, dentro del marco territorial del municipio de El Boalo, representen intereses sectoriales, ya sean comerciales, profesionales, científicos, sociales o análogos.
  • Las entidades que, reuniendo los requisitos señalados en los apartados anteriores, tengan un marco territorial más amplio, pero tengan sede o delegación en el municipio.

De conformidad con lo que establece el artículo 23 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de El Boalo-Cerceda-Mataelpino, el registro se llevará a cabo en la Secretaría del Ayuntamiento y sus datos serán públicos.

El registro puede solicitarse de forma:

Las inscripciones se realizarán a solicitud de las entidades interesadas, que habrán de aportar al registro los siguientes datos y documentos:

  • Instancia solicitando la inscripción. (Descarga en PDF)
  • Estatutos de la asociación.
  • Acta de la Asamblea Constitutiva de la misma.
  • Documento acreditativo de su inscripción en el Registro General de Asociaciones y en otros registros públicos.
  • Domicilio Social y CIF
  • Certificado acreditativo de la composición de su/s órgano/s de gobierno.
  • Certificado acreditativo del número de socios y socias a día de la solicitud.
  • Programa y presupuesto de actividades a desarrollar en el año corriente.

En el plazo de quince días desde la solicitud de inscripción, y salvo que éste hubiera de interrumpirse por la necesidad de aportar documentación no incluida inicialmente, el Ayuntamiento notificará a la asociación el número de inscripción en el Registro y a partir de ese momento se considerará de alta a todos los efectos.

Según indica el artículo 25 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de El Boalo-Cerceda-Mataelpino, la Junta de Gobierno Local será el órgano competente que inscribirá en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas a las entidades que lo soliciten y reúnan los requisitos señalados en el artículo anterior. La denegación de la inscripción será siempre motivada, pudiéndose recurrir tal decisión ante los órganos competentes.

De conformidad con lo que establece el artículo 24 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de El Boalo-Cerceda-Mataelpino, todas las entidades inscritas tienen obligación de notificar por escrito al Registro Municipal de Entidades Ciudadanas toda modificación de los datos dentro del mes siguiente al que se produzca.

Los datos incluidos en el Registro serán anualmente actualizados, para lo cual las entidades inscritas remitirán, además de las modificaciones en su caso, el programa y presupuesto de las actividades anuales durante el mes de enero de cada año.

El Ayuntamiento, con el fin de mantener actualizado el registro, procederá a dar de baja a aquellas entidades que incumplan estas obligaciones.

Ayuntamiento de El Boalo, Cerceda y Mataelpino.
Plaza de la Constitución, 1. 28413.
El Boalo. Madrid.
Tlf: 91 855 90 25 / Fax: 91 855 90 38

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